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KAP-KL

La KAP-KL (pensión de convenio colectivo) se aplica a empleados de municipios y provincias con fecha de nacimiento a partir de 1938. La KAP-KL entró en vigor el 1 de enero de 2006 en sustitución del acuerdo sobre pensiones PFA. Desde el 1 de enero de 2014, la KAP-KL cubre a los empleados con fecha de nacimiento hasta 1985. La KAP-KL está cerrada a nuevas admisiones en 2023. La KAP-KL solo se aplica a los empleados que no fueron obligados a cambiar a la AKAP-KR en 2023 o que eligieron cambiar voluntariamente a la AKAP-KR. También los empleados de las asociaciones de regiones y municipios y los de las empresas municipales afiliadas a la patronal Sobona están cubiertos por la KAP-KL.

Ventajas de la KAP-KL

La KAP-KL incluye:

• pensión de jubilación en función de aportaciones

• pensión de jubilación en función de beneficios

• pensión para adulto o menor supérstite

Salario computable a efectos de pensión y base de pensión

 Dentro de la KAP-KL, el salario computable a efectos de pensión es el siguiente:

• salario abonado en efectivo

• pérdidas salariales por baja debida a enfermedad, accidente general o laboral, permiso parental y desempeño de funciones sindicales.

En la prestación en función de aportación puede computarse la base de la aportación en forma de salario abonado en efectivo, incluidas las pérdidas salariales. En las prestaciones basadas en beneficios se computa una base de pensión sobre los cinco mejores salarios anuales de los siete años anteriores a la finalización de la actividad del empleado o a la obtención de un derecho de remuneración por enfermedad o actividad.

Pensión de jubilación en función de aportaciones

El empleador asigna cada año un porcentaje determinado del salario del empleado a la pensión de jubilación en función de aportaciones. Esta prestación la adquieren todos los empleados desde los 21 años de edad.

La aportación se sitúa en un 4,5 % en los salarios de hasta 30 cantidades base de ingresos (CBI). El empleado puede optar por asignar la aportación

• a gestión de aseguramiento de vida o gestión de fondos

• con o sin garantía de reintegro

Si el empleado no selecciona ninguna opción, la aportación se depositará en KPA Tjänstepensionsförsäkring AB en forma de seguro de pensiones tradicional con garantía de reintegro.

El empleado podrá en cualquier momento elegir una nueva opción de pensión para sus próximas aportaciones.

La pensión en función de aportaciones puede abonarse a partir de los 60 años de edad. El propio empleado puede optar por un desembolso de por vida o durante un periodo determinado, con un mínimo de diez años. Si su aportación de pensiones es inferior al 1 % de la cantidad base de ingresos (CBI) de ese mismo año, su empleador le abonará la suma correspondiente en forma de salario.

Pensión de jubilación en función de beneficios

La pensión de jubilación en función de beneficios la adquieren los empleados que durante un año civil registren:

• un salario computable a efectos de pensión superior a 7,5 CBI

• una base de pensión superior a 7,5 CBI

La pensión de jubilación en función de beneficios se adquiere a partir de los 28 años, llegando como máximo hasta los 65 años. Para obtener una pensión de jubilación integral en función de beneficios se requieren 30 años de actividad profesional.

El porcentaje de beneficios dependerá del año de nacimiento del empleado.

Año de nacimiento 7,5–20 CBI 20–30 CBI
-1946 62,50 31,25
1947 62,14 31,07
1948 61,79 30,89
1949 61,43 30,71
1950 61,07 30,54
1951 60,71 30,36
1952 60,36 30,18
1953 60,00 30,00
1954 59,64 29,82
1955 59,29 29,64
1956 58,93 29,46
1957 58,57 29,29
1958 58,21 29,11
1959 57,86 28,93
1960 57,50 28,75
1961 57,14 28,57
1962 56,79 28,39
1963 56,43 28,21
1964 56,07 28,04
1965 55,71 27,86
1966 55,36 27,68
1967 55,00 27,50

La pensión de jubilación en función de beneficios se desembolsará de forma vitalicia como muy pronto a partir de los 61 años, computándose un periodo de actividad profesional como si el empleado hubiera permanecido en activo hasta los 65 años. La pensión se reducirá o incrementará en un 0,4 % por cada mes que se perciba antes o después de los 65 años, respectivamente.

Pensión para adulto o menor supérstite

Los supervivientes de un empleado fallecido en activo pueden tener derecho a una pensión de supérstite. Esta prestación incluye igualmente una garantía a posteriori de seis meses. La prestación no se desembolsa en función del periodo de actividad profesional.

Las pensiones para adultos supérstites se abonan durante cinco años.

  Máximo 20 CBI 20–30 CBI;
Grado de pensión (%) 15 7,5

La pensión para menores se abona hasta el mes en que el menor cumple 18 años o, en caso de que este realice estudios, hasta el mes de junio del año en que cumple 20 años.

  Máximo 7,5 CBI 7,5–20 CBI 20–30 CBI
Grado de pensión (%) 10 28 14

Si hay más de un menor con derecho a prestación, la pensión para supérstite se multiplicará por los factores indicados más abajo, dividiéndose el monto calculado de manera equitativa entre los menores.

Número de menores 2 3 4 5 o más
Factor 1,4 1,6 1,8 2

 

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